Santo Domingo.– El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió suspender provisionalmente la aplicación y los efectos del artículo décimo tercero y sus párrafos del Reglamento que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.
La decisión fue adoptada durante la Sesión Administrativa Ordinaria celebrada el 20 de agosto de 2026, mediante el voto mayoritario del presidente de la JCE, Román Andrés Jáquez Liranzo, y los miembros titulares Dolores Altagracia Fernández Sánchez y Samir Rafael Chami Isa. Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises emitieron votos disidentes. (VER DOCUMENTO Punto 27- Pleno No. 07-2026- Certificación–Reglamento firmas encuestador ) Horarioy calendarios
El artículo suspendido establecía, entre otros aspectos, la prohibición de publicar o difundir encuestas o sondeos de opinión con fines electorales fuera de los períodos legalmente establecidos para la precampaña y campaña electoral. Asimismo, contemplaba sanciones para las firmas encuestadoras que incumplieran esas disposiciones, incluyendo la suspensión temporal o cancelación definitiva de su registro.
Suspensión hasta decisión de la jurisdicción competente
De acuerdo con la certificación del Pleno, la medida tendrá carácter provisional, temporal y excepcional y permanecerá vigente hasta que la jurisdicción competente decida las acciones interpuestas contra la referida disposición reglamentaria.
La JCE precisó que la suspensión no implica un reconocimiento de ilegalidad o inconstitucionalidad del artículo cuestionado, ni supone una renuncia o limitación de sus atribuciones constitucionales y legales.
La decisión también instruye a las dependencias de la institución a mantener la aplicación de las demás disposiciones del Reglamento y ordena a la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares ponderar los efectos de la suspensión sobre los procedimientos iniciados al amparo del artículo 13.
Según la resolución, actualmente existen recursos de reconsideración relacionados con el Reglamento presentados por ACD Media y Participación Ciudadana, mientras que también habían sido iniciados procedimientos administrativos sancionadores vinculados a la publicación de encuestas fuera del período de campaña.
Dos miembros votaron en contra
Los miembros titulares Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises discreparon de la decisión mayoritaria.
Fernández Guzmán sostuvo, entre otros argumentos, que el Pleno no tendría competencia para suspender provisionalmente una disposición reglamentaria cuya constitucionalidad se encuentra pendiente ante el Tribunal Constitucional.
Vallejo Santelises también cuestionó jurídicamente el mecanismo utilizado y consideró que la modificación o suspensión de una norma reglamentaria debe realizarse observando el procedimiento correspondiente para su creación o modificación.
La decisión fue comunicada este viernes 28 de agosto a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos acreditados ante la JCE por el secretario general del organismo, Sonne Beltré Ramírez.








